SE REGLAMENTÓ LA LEY DE ETIQUETADO FRONTAL DE ALIMENTOS

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Se publicó hoy (miércoles 23 de marzo) en el Boletín Oficial la promulgación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, que indica que los alimentos que tengan exceso de nutrientes críticos deben llevar una advertencia en un octógono negro.

La ley 27.642, aprobada en la Cámara de Diputados el 27 de octubre, busca visibilizar el exceso de grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y calorías en alimentos envasados a fin de promover hábitos más saludables en la población. Se usarán como referencia los parámetros establecidos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Los sellos octogonales deberán ocupar al menos un 5% del envase. Podés leer la promulgación acá.

La normativa de alcance nacional, rige a partir de hoy para quienes "fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, encomienden envasar o fabricar, distribuyan, comercialicen, importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de valor y comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano”. 

La Ley establece dos etapas para la implementación de la ley. En la primera, las grandes empresas tendrán nueve meses para su cumplimiento mientras que las Pymes deberán hacerlo dentro de los 15 meses de la entrada en vigencia de la ley. La segunda etapa establece un plazo de 18 meses para las grades empresas y de 2 años para las Pymes.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolofía Médica (Anmat), será la responsable de fiscalizar y controlar que la publicidad de alimentos y bebidas tengan sellos de advertencia acordes a esta normativa; y el Consejo Federal de Educación está encargado de promver hábitos de alimentación saludable