LEGALIZACIÓN DEL AUTOCULTIVO DE CANNABIS TERAPÉUTICO


#Argentina

Este miércoles (11/11) se publicó n el boletín Oficial la nueva reglamentación de la Ley de Cannabis Medicinal, que regula el acceso con fines terapéuticos, e incluye el autocultivo, cultivo solidario y cultivo asociado, además de la comercialización de preparados en farmacias.

La normativa garantiza el acceso a toda persona que tenga una patología y encuentre en el cannabis un alivio o tratamiento puede cultivar, y no hay un listado de patologías que limiten ese derecho. Para hacerlo, tendrá que tener una indicación médica e inscribirse en el “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN) que emitirá las autorizaciones de cultivo. También se podrá determinar que otra persona cultive por ella o lo haga una organización civil.

En relación a la comercialización, se establece que se habiliten farmacias para vender y producir aceites, tinturas o cremas. Las obras sociales y las coberturas de salud privada deberán garantizar que la persona tenga su medicina, y en caso de no contar con ninguna cobertura, el Estado garantizará la provisión gratuita. quienes no cuenten con obra social y lo soliciten, podrán acceder a preparados de cannabis medicinal de forma gratuita. 

Este Ley fue resultado del largo trabajo que llevan adelante ONGs, organizaciones sociales, especialistas, junto al Ministerio de Salud.



Fuente: Revista THC