DENUNCIAN NULIDAD DE LA REEFORMA Y VIOLACIÓN DE ARTICULOS DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL
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Foto: Edgardo Valera. #NACIONALES
JUJUY
Referentes de la
Multisectorial integrada por sindicatos, organizaciones sociales y
campesinas, de derechos humanos y comunidades indígenas, plantearon este martes en una conferencia de prensa, la nulidad de la reforma y "amenazas e intimidaciones públicas" del gobernador Gerardo Morales.
Explicaron que el rechazo a la reforma se debe, entre otras cosas, a que "el trámite se
apresuró desmedidamente" a raíz de su precandidatura a vicepresidente en
la interna de Juntos por el Cambio, Por eso piden "que se anule una reforma constitucional viciada y nula desde sus
orígenes hasta su aprobación que, además, carece de consenso social".
que se anule una
reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su
aprobación que, además, carece de consenso social”. - TELAM SE 2022.
Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar
la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del
Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita
el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
que se anule una
reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su
aprobación que, además, carece de consenso social”. - TELAM SE 2022.
Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar
la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del
Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita
el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
que se anule una
reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su
aprobación que, además, carece de consenso social”. - TELAM SE 2022.
Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar
la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del
Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita
el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
Además destacaron que el Gobierno no publicó la noticia, sobre la necesidad de declaración de la reforma y
la convocatoria a elecciones en los diarios, que según el
artículo 98 inciso 3 de la Constitución de 1986,
debería haberse hecho en el boletín oficial y en los dos diarios locales
de la provincia como requisito fundamental para que
toda la convención sea válida.
Se anunció también que se realizará una presentación ante la Corte Suprema para
denunciar esta irregularidad que le da nulidad a todo el acto y a todo
lo que están actuando tanto el poder ejecutivo, legislativo y judicial
en nombre de la nueva constitución.
“No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
“No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
“No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
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- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.v
No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación
sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a
elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25
de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario
adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom),
Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal
publicación.
- TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este
contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es
violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723.
lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.