DENUNCIAN NULIDAD DE LA REEFORMA Y VIOLACIÓN DE ARTICULOS DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL

Foto Edgardo Valera

Foto: Edgardo Valera.  
 
 
#NACIONALES

JUJUY

Referentes de la Multisectorial integrada por sindicatos, organizaciones sociales y campesinas, de derechos humanos y comunidades indígenas, plantearon este martes en una conferencia de prensa, la nulidad de la reforma y "amenazas e intimidaciones públicas" del gobernador Gerardo Morales.  

Explicaron que el rechazo a la reforma se debe, entre otras cosas, a que "el trámite se apresuró desmedidamente" a raíz de su precandidatura a vicepresidente en la interna de Juntos por el Cambio, Por eso piden "que se anule una reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su aprobación que, además, carece de consenso social".

que se anule una reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su aprobación que, además, carece de consenso social”. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
que se anule una reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su aprobación que, además, carece de consenso social”. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
que se anule una reforma constitucional viciada y nula desde sus orígenes hasta su aprobación que, además, carece de consenso social”. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.

Además destacaron que el Gobierno no publicó la noticia, sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios, que según el artículo 98 inciso 3 de la Constitución de 1986, debería haberse hecho en el boletín oficial y en los dos diarios locales de la provincia como requisito fundamental para que toda la convención sea válida.

Se anunció también que se realizará una presentación ante la Corte Suprema para denunciar esta irregularidad que le da nulidad a todo el acto y a todo lo que están actuando tanto el poder ejecutivo, legislativo y judicial en nombre de la nueva constitución.

 

 

“No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
“No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
“No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.v
No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.
No está la publicación sobre la necesidad de declaración de la reforma y la convocatoria a elecciones en los diarios locales desde el 24 de noviembre hasta el 25 de enero. El Gobierno no publicó esa noticia”, expresó el secretario adjunto del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (Seom), Santiago Seillant, sobre el plazo de sesenta días para realizar tal publicación. - TELAM SE 2022. Queda expresamente prohibida la utilización de este contenido sin citar la autoría de TELAM, la omisión de este requisito es violatorio del Régimen Legal de la Propiedad Intelectual, Ley 11.723. lo que habilita el reclamo de nuestros derechos por vía judicial.